El Consell Insular de Menorca ha aprobado la convocatoria de ayudas al tejido productivo, cooperativo, comercial y a determinadas empresas de servicios de Menorca correspondiente al año 2026.
Estas ayudas tienen como finalidad mejorar la competitividad de las empresas de la isla, apoyar la producción y comercialización de productos de Menorca, fomentar la innovación, la formación y la digitalización, impulsar la modernización del sector industrial, reforzar el pequeño comercio y contribuir a la promoción de la artesanía, las cooperativas y el sector pesquero profesional.
La convocatoria cuenta con un presupuesto máximo de 1.320.000 euros, distribuido en 600.000 euros para ayudas al tejido empresarial y asociativo de Menorca y 720.000 euros para ayudas de inversión.
Las actuaciones subvencionables deben realizarse entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Las facturas deberán estar emitidas, como máximo, el 30 de junio de 2026, y se admitirán justificantes de pago hasta el 31 de julio de 2026.
El plazo para presentar solicitudes y justificaciones estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB y hasta el 31 de julio de 2026.
Las ayudas se estructuran en cinco líneas incompatibles entre sí, de forma que cada persona física o jurídica solo puede ser beneficiaria de una de ellas. Salvo la línea destinada a asociaciones empresariales, las ayudas tienen carácter de minimis, por lo que están sujetas a los límites establecidos por la normativa europea aplicable.
Líneas de ayuda y destinatarios
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Línea |
Destinatarios |
Actuaciones cubiertas |
Ayuda máxima individual |
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L1 |
Empresas productivas, fabricantes, productores o artesanos con domicilio fiscal y establecimiento operativo en Menorca |
Ferias, actos vinculados al producto local o industria tradicional, publicidad, formación, contratación indefinida e inversión |
55.000 € |
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L2 |
Asociaciones empresariales de ámbito insular, federaciones y confederaciones con establecimiento en Menorca |
Promoción, campañas publicitarias, formación y actos conmemorativos |
12.000 € |
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L3 |
Cooperativas agrarias y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de Cooperativas de las Illes Balears |
Ferias, publicidad, formación, inversión y gastos indirectos vinculados a ferias |
60.000 € |
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L4 |
Pequeño comercio y determinadas empresas de servicios con domicilio fiscal y establecimiento comercial en Menorca |
Publicidad, formación, contratación indefinida e inversión |
45.000 € |
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L5 |
Empresas armadoras de embarcaciones profesionales de pesca, de arrastre o artes menores, radicadas en Menorca |
Inversión en activos fijos |
25.000 € |
Línea 1: empresas productivas
Esta línea se dirige a empresas productivas de Menorca, incluidas personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica, siempre que tengan domicilio fiscal y establecimiento operativo en la isla y desarrollen una actividad productiva, industrial, artesanal o de fabricación dentro de los epígrafes admitidos por la convocatoria.
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Actuación subvencionable |
Porcentaje |
Máximo autónomo o menos de 1 trabajador |
Máximo de 1 a menos de 8 trabajadores |
Máximo 8 o más trabajadores |
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Asistencia a ferias |
50 % a 100 % |
4.000 € |
15.000 € |
18.000 € |
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Organización de acontecimientos y actos relacionados con producto local e industria tradicional |
50 % a 100 % |
4.000 € |
15.000 € |
18.000 € |
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Difusión publicitaria |
50 % |
3.000 € |
4.500 € |
6.000 € |
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Formación: organización de actuaciones |
90 % |
2.500 € |
3.000 € |
5.000 € |
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Formación: asistencia a actuaciones |
90 % |
2.500 € |
3.000 € |
5.000 € |
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Incorporación de personal indefinido |
75 % |
6.000 € |
6.000 € |
6.000 € |
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Inversión en activos fijos |
50 % |
14.000 € |
19.000 € |
25.000 € |
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Ayuda máxima total |
— |
25.000 € |
45.000 € |
55.000 € |
Línea 2: asociaciones empresariales
Esta línea está pensada para asociaciones empresariales con ámbito de actuación circunscrito total y exclusivamente a Menorca. Quedan excluidas las asociaciones de ámbito local. También pueden acceder federaciones y confederaciones con establecimiento social en Baleares o Menorca y establecimiento en Menorca.
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Actuación subvencionable |
Porcentaje subvencionable |
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Acciones promocionales y campañas publicitarias |
100 % |
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Formación: organización de actuaciones |
90 % |
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Formación: asistencia a actuaciones |
90 % |
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Actos conmemorativos |
50 % a 75 % |
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Ayuda máxima total |
12.000 € |
Línea 3: cooperativas agrarias y de consumo
Pueden solicitar esta línea las cooperativas agrarias y las cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de Cooperativas de las Illes Balears en el momento de la solicitud.
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Actuación subvencionable |
Porcentaje |
Máximo de 1 a 9 trabajadores |
Máximo 10 o más trabajadores |
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Asistencia a ferias |
50 % a 100 % |
17.000 € |
40.000 € |
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Difusión publicitaria relacionada con producto local o de la cooperativa |
75 % |
17.000 € |
40.000 € |
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Formación: organización de actuaciones |
90 % |
2.500 € |
6.000 € |
|
Formación: asistencia a actuaciones |
90 % |
2.500 € |
6.000 € |
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Inversión en activos fijos |
75 % |
19.000 € |
25.000 € |
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Gastos indirectos vinculados a ferias |
25 % |
3.750 € |
7.500 € |
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Ayuda máxima total |
— |
35.000 € |
60.000 € |
Línea 4: pequeño comercio y determinadas empresas de servicios
Esta línea se dirige a personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes u otras unidades económicas sin personalidad jurídica que tengan domicilio fiscal y uno o más establecimientos comerciales en Menorca y que estén dadas de alta en alguno de los epígrafes del IAE incluidos en los anexos de la convocatoria. La ayuda debe solicitarse por la actividad principal del comercio o servicio, y los gastos presentados deben estar directamente vinculados a dicha actividad. En el caso de las actividades dadas de alta en el IAE 722, no se exige disponer de establecimiento comercial.
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Actuación subvencionable |
Porcentaje |
Importe máximo |
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Difusión publicitaria |
50 % |
4.500 € |
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Formación: organización de actuaciones |
90 % |
2.000 € |
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Formación: asistencia a actuaciones |
90 % |
2.000 € |
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Incorporación de personal indefinido |
75 % |
6.000 € |
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Inversión en activos fijos |
75 % |
35.000 € |
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Ayuda máxima total |
— |
45.000 € |
En esta línea, los importes se calculan teniendo en cuenta los meses enteros en los que haya habido actividad. En el caso de empresas de nueva creación dentro del periodo subvencionable, podrán obtener hasta 45.000 euros en inversión, con independencia de los meses de apertura.
Línea 5: pescadores profesionales
Esta línea está destinada a empresas armadoras de embarcaciones profesionales de pesca, de arrastre o de artes menores, radicadas en Menorca y dedicadas a la extracción de recursos pesqueros. Se excluyen el marisqueo y la acuicultura.
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Actuación subvencionable |
Porcentaje |
Importe máximo |
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Inversión en activos fijos |
75 % |
25.000 € |
Inversiones y gastos elegibles
Las inversiones subvencionables deben consistir en activos fijos materiales o inmateriales vinculados a la actividad. Pueden incluir obras y reformas, maquinaria, equipamiento, equipamiento informático, utillaje, instrumental amortizable, vehículos sostenibles y adquisición de software, según la línea aplicable. En la línea 5, cada elemento o activo debe tener un importe mínimo de 75 euros, IVA excluido; en otras líneas se establece un mínimo de 300 euros, IVA excluido, para cada elemento o activo.
Los vehículos solo son subvencionables si son eléctricos o híbridos, de uso exclusivo de la empresa, no son turismos ni vehículos de carga mixta, y están rotulados con la imagen de la empresa. Se excluyen las adquisiciones de segunda mano. El IVA solo será subvencionable cuando no sea recuperable por la persona o entidad beneficiaria.
Compatibilidad y límites de minimis
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos destinados a las mismas actuaciones, siempre que se comuniquen al Consell Insular de Menorca y que la suma de todas las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada. No obstante, son incompatibles con otras ayudas concedidas por el mismo departamento y por el mismo objeto durante el año de la convocatoria.
En las líneas L1, L3, L4 y L5 se aplica el régimen de minimis. Con carácter general, las empresas no podrán superar 300.000 euros de ayudas de minimis en los tres últimos años. Para el sector agrícola, el límite indicado es de 50.000 euros, y para el sector pesquero, de 40.000 euros, sin perjuicio de los topes nacionales y sectoriales que resulten aplicables.
Presentación, resolución y obligaciones
La solicitud debe presentarse mediante el trámite específico y los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Consell Insular de Menorca. Las solicitudes presentadas por instancia genérica o por un trámite distinto se tendrán por no presentadas.
El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva. Si la solicitud está incompleta, se requerirá la subsanación en un plazo de diez días hábiles. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y el silencio administrativo será desestimatorio.
Las personas y entidades beneficiarias deberán dar publicidad al carácter público de la financiación recibida y hacer visible el logotipo del Consell Insular de Menorca en las inversiones o actuaciones subvencionadas. El incumplimiento de esta obligación puede comportar una penalización del 10 % sobre la subvención concedida.
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